"TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 042/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos sobre la acera de ------------ las escuelas urbanas y suburbanas del distrito, públicas o privadas, en los siguientes horarios: de 7,45 hs. a 8,15 hs., de 11,45 hs. a 12,15 hs., de 12,45 hs. a 13,15 hs. y de 16,45 hs. a 17,15 hs.---------- ARTICULO 2.- Exímese del cumplimiento de esta Ordenanza a los respectivos ------------ transportes escolares.-------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a veinticinco días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------- ORDENANZA N§ 042/84 -------------------